La Junta de Extremadura destina más de 2 millones de euros para parados de larga duración

Servicio Extremeño Público de Empleo, Badajoz.
Servicio Extremeño Público de Empleo, Badajoz. / J.V. Arnelas
  • Las ayudas están dirigidas a personas demandantes de empleo con edades comprendidas entre los 30 y los 54 años

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha autorizado este martes la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades de orientación dirigidas a personas paradas de larga duración e inscritas en centros de empleo del Sexpe, correspondientes al ejercicio de 2016, con una dotación económica de 2.013.120 euros.

Las ayudas están destinadas a las entidades privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que quieran colaborar con el Servicio Extremeño Público de Empleo en la realización de esas acciones, que estarán dirigidas a personas demandantes de empleo paradas de larga duración, con edades comprendidas entre los 30 y los 54 años, ambos inclusive.

De acuerdo con la orden de convocatoria, se consideran personas paradas de larga duración aquellas que hayan permanecido inscritas como demandantes de empleo, en el Servicio Extremeño Público de Empleo, al menos 360 días durante los 540 días anteriores al inicio de las actividades.

Formación profesional para el empleo

Por otra parte, el Ejecutivo regional ha aprobado el decreto por el que se regula la Formación Profesional para el Empleo dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación.

Entre otras cuestiones, el decreto regula aspectos relacionados con la prospección de necesidades formativas, la programación de acciones formativas y la gestión y ejecución de la Formación para el Empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Además, fija las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar los planes de formación incluidos en la oferta formativa del Servicio Extremeño Público de Empleo, regulando el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia, así como el régimen de pago y justificación de las subvenciones.

También regula la concesión de ayudas complementarias a la formación, entendiendo por tales las subvenciones destinadas a la financiación del módulo de prácticas profesionales no laborales en empresas y las becas y ayudas al alumnado de los planes de formación.

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